1. ¿Qué
es el servicio comunitario?
Según el artículo 4 de la Ley
de Servicio Comunitario del Estudiante Universitario,
se entiende por Servicio
Comunitario:
La
actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación
superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos,
culturales, deportivos y humanísticos adquiridos
durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para
cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar
social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.
2. ¿Cuáles son los Fines del Servicio Comunitario?
Según el artículo 7 de la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante Universitario, son:
A. Fomentar en el estudiante, la solidaridad y
el compromiso con la comunidad como norma ética y ciudadana.
B. Hacer un acto de reciprocidad con la
sociedad.
C. Enriquecer la actividad de educación
superior, a través del aprendizaje servicio, con la aplicación de
los conocimientos adquiridos durante la formación académica, artística,
cultural y deportiva.
D. Integrar las instituciones de educación
superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo de la sociedad
venezolana.
E. Formar, a través del aprendizaje servicio,
el capital social en el país.
3. ¿Cuándo puedo realizar mi SC?
Una vez
aprobado el 50 % de los créditos (carga académica) de la respectiva carrera
4. ¿Cuál es la duración del servicio comunitario?
El servicio comunitario tendrá una duración
mínima de ciento veinte (120) horas académicas, las cuales se deben
cumplir en un lapso no menor de tres
(3) meses.
Las instituciones de educación superior adaptarán la
duración del servicio comunitario
a su régimen académico.
5. ¿Dónde puedo realizar el servicio
comunitario?
A los efectos de la Ley, en organismos tales como: entes
gubernamentales, instituciones públicas y privadas, asociaciones gremiales,
consejos comunales, comunidad organizada, entre otros.
6. ¿Qué debo hacer para realizar servicio
comunitario?
En primer lugar, debes saber que, los períodos por año para la
realización del servicio comunitario son:
·
Enero-abril.
·
Mayo-agosto.
·
Septiembre- diciembre.
En ese sentido, debes esperar
cualquiera de las tres convocatorias a inscripciones por parte de la Coordinación
de Servicio Comunitario –los primeros días de enero, mayo o
septiembre-.
7. ¿Puedo realizar servicio comunitario fuera de
las fechas pautadas?
No, debo esperar –estrictamente- la
convocatoria a inscripciones por parte de la Coordinación de Servicio
Comunitario.
8. ¿Quién me facilita la planilla de
inscripción, formato del proyecto del servicio comunitario, planilla de
postulación y planilla de aceptación?
En el blog https://serviciocomunitariocumt.blogspot.com/, puedes
encontrar los mencionados formatos. Para saber cuántas copias debes entregar de
cada una, dirígete a la pestaña –proceso- e identifícalo según sea el caso y/o
paso.
9. ¿Cómo se evalúa el Servicio Comunitario?
Según el proceso, al culminar las 120 horas académicas, debes consignar en
la Coordinación de Servicio Comunitario, el proyecto final, y en la misma se elaborará
un veredicto con la aprobación o no del mismo, previa asesoría.
10. ¿Las actividades voluntarias ¿pueden ser
acreditadas como Servicio
Comunitario?
Sí, siempre que tenga respaldo
por la organización en la que realizas alguna actividad de forma voluntaria y
apliques los conocimientos adquiridos en la carrera universitaria.
11. Ya
me gradué en otra institución de Educación Universitaria, ¿debo realizar
nuevamente el servicio comunitario?
No, debes acudir a la reunión
convocada por la Coordinación de Servicio comunitario en las mencionadas fechas
-pregunta nro.6-, y consignar:
·
Fondo
negro del título universitario autenticado y registrado.
·
Fotocopia
de las notas certificadas de la universidad de egreso.
·
Fotocopia
de la cédula de identidad.
3 planillas de exoneración de servicio comunitario
debidamente rellenadas en todos sus ítems
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